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El CFD desaparece y el CBB se limita.

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lunes, 24 de septiembre de 2012

En que Esquema Puede Facturar? ¿CBB ó CFDI?

Facture Laguna - Informándote de las Actualidades en Factura Electrónica 


A partir del 2013 solo se podrá facturar bajo el esquema CBB y CFDI

Tomando en cuenta eso, si sus ingresos superan 4 millones de pesos solo podrá emitir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), caso contrario, tendrá la facilidad de optar por los Comprobantes con Código de Barras Bidimensional (CBB) si asi lo desea.

Si aun tiene facturas impresas debe saber su vigencia para saber de cuanto tiempo dispone para elegir un esquema de acuerdo a su actividad.

Si pudo optar por Facturar por Medios Propios (CFD), ese esquema termina el ultimo dia del 2012. Razón por la cual es primordial que decida como va a ser su proceso de facturación.

Para facilitar su migración le compartimos los siguientes temas donde encontrara en resumen los pasos a seguir para una exitosa transición:




Importante: A partir de una reforma del CFF ( 7 de Junio del 2012), es posible emitir simultaneamente todos los comprobantes, esto hasta finalizar el presente año. Razón por la cual esto haría de su migración CFD a CFDI mas sencilla. 


Espero esta información les sea de utilidad, para cualquier duda o comentario al respecto estamos a sus ordenes, solo completa el formulario de CONTACTO.


Saludos

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lunes, 17 de septiembre de 2012

Facturación Electrónica GRATUITO ofrecido por el SAT

Facture Laguna - Informándote de las Actualidades en Factura Electrónica 




SERVICIO DE GENERACIÓN DE FACTURAS ELECTRÓNICAS OFRECIDO POR EL SAT

Se encuentra disponible el nuevo servicio de generación de Facturas Electrónicas (CFDI), ofrecido por el SAT, que permite a los contribuyentes generar gratuitamente y en línea sus facturas electrónicas.


El servicio está dirigido principalmente a contribuyentes de regímenes como arrendamiento, actividad empresarial y profesional —honorarios—, entre otros con bajos volúmenes de emisión de facturas; sin embargo no está limitado sólo a estos.


Entre las funcionalidades y características con las que cuenta están: 



  • Compatible con diversas plataformas y navegadores
  • Contempla todo el ciclo de generación de una factura electrónica (captura, sellado y certificación digital).
  • El proceso de certificación del SAT a la Factura Electrónica es en línea.
  • Permite capturar los requisitos de las Facturas Electrónicas de acuerdo con lo que establecen las disposiciones fiscales, así como la integración de “leyendas fiscales” y del Comprobante Electrónico de Pago (CEP), vinculado con el Sistema de Pago Electrónico Interbancario "SPEI".
  • Genera el comprobante en su formato electrónico (XML) y la representación impresa.
  • Permite consultar y recuperar las Facturas Electrónicas (CFDI).
  • Almacena comprobantes en captura hasta por 72 horas.
Servicio de generación de Factura Electrónica CFDI del SAT


Consulte el (2 mB) Manual del usuario.




Importante: 


El servicio de generación de Factura Electrónica (CFDI) permite capturar y certificar un comprobante a la vez y no administra catálogos de clientes o productos, ni integra addendas comerciales, por lo que debido al volumen de operaciones de algunos contribuyentes o quienes requieran la incorporación de complementos adicionales o addendas, deberán utilizar los servicios prestados por los PAC para la certificación de sus comprobantes. El servicio tampoco realiza cálculos de impuestos ni certifica Facturas Electrónicas (CFDI) generadas por otros sistemas.




Nosotros brindamos soluciones en facturación electrónica adecuadas a las necesidades de cada empresa o persona, a muy bajo precio y te asesoramos en todo el proceso sin costo.


Espero esta información les sea de utilidad, para cualquier duda o comentario al respecto estamos a sus ordenes, solo completa el formulario de CONTACTO.


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lunes, 10 de septiembre de 2012

Se Facilita la Emision de la Factura Electrónica


Facture Laguna - Informándote de las Actualidades en Factura Electrónica 


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de Internet: www.sat.gob.mx, el nuevo anteproyecto de la Tercera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea fiscal para 2012, que está pendiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.



Este anteproyecto contiene:


  • Inscripción al RFC de trabajadores.
  • Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales.
  • Integración de la clave vehicular.
  • Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales.
  • Expedición de CFDI a través del Servicio de Generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT.
  • Requisitos de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad.
  • Requisitos fiscales de CFD.
  • Ganancia en la enajenación de certificados bursátiles fiduciarios de un fideicomiso que exclusivamente esté invertido en FIBRAS.
  • Opción de pago del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2010.
  • Procedimiento para efectuar pagos provisionales del IETU y el impuesto del ejercicio.
  • Declaración complementaria a la de razones por las que no se realiza pago de impuestos vigentes hasta el 30 de noviembre de 2006.
  • Procedimiento para la presentación de declaraciones conforme al procedimiento vigente hasta el 30 de noviembre de 2006.
  • Obligaciones fiscales quienes utilicen la herramienta electrónica denominada “Portal Microe” hasta el 30 de septiembre de 2012.



Respecto a la facturación Electrónica lo que aplica se resume en lo siguiente:

  • Régimen fiscal a señalar en la emisión de comprobantes fiscales I.2.7.1.3. (Se deroga).
  • Identificación de vehículo de persona física integrante de coordinado I.2.7.1.4. (Se deroga).
  • Identificación de forma de pago en el CFDI I.2.7.1.12. (Se deroga).
  • Concepto de unidad de medida I.2.7.1.5. los contribuyentes podrán señalar en los comprobantes fiscales que emitan, la unidad de medida que utilicen conforme a los usos mercantiles. Artículo 29-A del CFF
  • Identificación de forma de pago en el CFDI I.2.7.1.12. (Se deroga).
  • Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales I.2.7.1.16. Para los efectos de los artículos 29-A, fracciones I, V, segundo párrafo, incisos a), c) y e) y VII, inciso c), 29-B, fracciones I, inciso a) y III, y 29-C, fracciones I, inciso a) y II, inciso a) del CFF, los contribuyentes no estarán obligados a incorporar en los comprobantes fiscales que emitan, la información relativa a los siguientes requisitos:
       - Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
       - Identificación del vehículo que les corresponda.
       - Número de cuenta predial del inmueble de que se trate.
       - Clave vehicular que corresponda a la versión enajenada.
       - Forma en que se realizó el pago y últimos cuatro dígitos del 
         número de cuenta o de la tarjeta correspondiente.

       Los contribuyentes que emitan CFDI o CFD y apliquen la facilidad        contenida en esta regla, señalarán en los apartados designados para        incorporar dichos requisitos, la expresión NA o cualquier otra análoga, y        cuando resulte aplicable, no incluirán el complemento respectivo.


Las facilidades previstas en esta regla serán aplicables a los comprobantes fiscales expedidos desde el 1 de enero de 2012.



Fuente: ANTEPROYECTO DE LA TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2012



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lunes, 3 de septiembre de 2012

Termina el uso del CFD


Facture Laguna - Informándote de las Actualidades en Factura Electrónica 


Como se veía venir, el adiós del CFD esta cerca, las recientes modificaciones de la Versión 2 a la V 2.2 son prueba de ello. Si el contribuyente y el proveedor realizaron un análisis responsable, debieron buscar otro esquema de los que van a estar vigentes en el 2013 ( CFDI y CBB ), evitándole al contribuyente un gasto innecesario por la actualización de una opción de facturación que en los próximos meses dejara de utilizarse.



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