1. Método y forma de pago
Si al momento de emitir la factura electrónica aún no has recibido el pago por el servicio que brindaste, solo tienes que indicar la clave que indica que el pago está por definir (99), ya que si señalas que la compensación ya se realizó, por ejemplo vía trasferencia electrónica (03), aunque aún no se haya hecho, el SAT considerará que ya recibiste ese ingreso y por lo tanto, te requerirá que pagues el impuesto correspondiente.
Si sabes que el pago se realizará en varias exhibiciones, entonces debes señalar que este se hará en parcialidades o diferido. En este caso, si no sabes el método de pago, sí debes señalar que está por definir.
2. Clave de producto o servicio
Como parte de la nueva factura 3.3, el fisco publicó varios catálogos con 53,000 productos y servicios, por lo que los contribuyentes deben buscar la clave que más se adecue a la mercancía que venden o servicio que prestan.
“Aunque el SAT dijo que aún no considerará multas por errores, lo que se recomienda es que vayan viendo los catálogos y no usar la clave genérica, salvo en casos excepcionales o si no existe el producto en el catálogo”, comentó Enrique Velderrain, socio del despacho Velderrain Sáenz y Asociados.
Agregó que si el producto específico no está en el catálogo, el contribuyente puede usar la clave del producto o servicio que lo englobe. Por ejemplo, si emitirás una factura por la venta de donas, puedes utilizar la clave 50181900 de “Pan, galletas y pastelitos dulces”.
3. Tasa o cuota
Si la factura que emitirás implica un servicio o bien exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), tendrás que especificar que la tasa del impuesto es de 0.00. En las versiones anteriores de la factura electrónica este campo podía quedar en blanco, pero ahora, tendrás que señalar que la tasa es de cero.
4. Uso del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)
Otro de los errores es señalar en todas las facturas electrónicas o CFDIs “Por definir” en el apartado de uso de comprobantes.
Si aún no sabes para que se utilizará el comprobante puedes poner por definir, pero en caso contrario, debes especificar el uso y la clave correspondiente, como gasto en general, gastos médicos por incapacidad o discapacidad, honorarios médicos, etcétera.
5. Domicilio fiscal
Aunque ya no es necesario solicitar la dirección fiscal a los clientes, muchos negocios continúan pidiéndolo, y aunque no le quita validez al comprobante, implica una pérdida de tiempo para el consumidor.
Si al momento de emitir la factura electrónica aún no has recibido el pago por el servicio que brindaste, solo tienes que indicar la clave que indica que el pago está por definir (99), ya que si señalas que la compensación ya se realizó, por ejemplo vía trasferencia electrónica (03), aunque aún no se haya hecho, el SAT considerará que ya recibiste ese ingreso y por lo tanto, te requerirá que pagues el impuesto correspondiente.
Si sabes que el pago se realizará en varias exhibiciones, entonces debes señalar que este se hará en parcialidades o diferido. En este caso, si no sabes el método de pago, sí debes señalar que está por definir.
2. Clave de producto o servicio
Como parte de la nueva factura 3.3, el fisco publicó varios catálogos con 53,000 productos y servicios, por lo que los contribuyentes deben buscar la clave que más se adecue a la mercancía que venden o servicio que prestan.
“Aunque el SAT dijo que aún no considerará multas por errores, lo que se recomienda es que vayan viendo los catálogos y no usar la clave genérica, salvo en casos excepcionales o si no existe el producto en el catálogo”, comentó Enrique Velderrain, socio del despacho Velderrain Sáenz y Asociados.
Agregó que si el producto específico no está en el catálogo, el contribuyente puede usar la clave del producto o servicio que lo englobe. Por ejemplo, si emitirás una factura por la venta de donas, puedes utilizar la clave 50181900 de “Pan, galletas y pastelitos dulces”.
3. Tasa o cuota
Si la factura que emitirás implica un servicio o bien exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), tendrás que especificar que la tasa del impuesto es de 0.00. En las versiones anteriores de la factura electrónica este campo podía quedar en blanco, pero ahora, tendrás que señalar que la tasa es de cero.
4. Uso del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)
Otro de los errores es señalar en todas las facturas electrónicas o CFDIs “Por definir” en el apartado de uso de comprobantes.
Si aún no sabes para que se utilizará el comprobante puedes poner por definir, pero en caso contrario, debes especificar el uso y la clave correspondiente, como gasto en general, gastos médicos por incapacidad o discapacidad, honorarios médicos, etcétera.
5. Domicilio fiscal
Aunque ya no es necesario solicitar la dirección fiscal a los clientes, muchos negocios continúan pidiéndolo, y aunque no le quita validez al comprobante, implica una pérdida de tiempo para el consumidor.
- Persona física: de 1,240 pesos a 2,410 pesos.
- Persona moral: de 13,5470 pesos a 77,580 pesos y en caso de reincidencia el fisco podrá clausurar sus actividades de tres a 15 días.
- Donataria autorizada: de 12,070 pesos a 69,000 pesos y en caso de reincidencia se le revocará su autorización.
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Facture Laguna
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