El pasado 24 de mayo fue publicado en el DOF, el Acuerdo de car谩cter general para el registro para aquellos que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas.
Dentro de la publicaci贸n se establece entre otras cosas:
- La definici贸n de servicios especializados.
- Los documentos y/o datos que se solicitar谩n en el registro
- El procedimiento para el registro
- Las causales por las cuales puede ser negado dicho registro, as铆 como la cancelaci贸n del mismo.
Tambi茅n se dio a conocer el portal para el registro de prestadoras de servicios especializadas u obras especializadas la cual se encuentra en la siguiente liga: http://repse.stps.gob.mx/
Hay que considerar que la STPS, deber谩 pronunciarse respecto a la solicitud de registro dentro de los 20 d铆as h谩biles posteriores a la recepci贸n de la misma a trav茅s de la Plataforma. De no hacerlo, los solicitantes podr谩n requerir a la Secretar铆a, para que emita el aviso de registro correspondiente, dentro de los tres d铆as h谩biles siguientes a la presentaci贸n del requerimiento. Transcurrido
dicho plazo sin que se haya emitido el aviso de registro se tendr谩 por efectuado el registro para los efectos legales a que haya lugar.
El plazo comenzar谩 a correr a partir de la recepci贸n de la solicitud, para la cual se generar谩 un folio de ingreso.
Adjuntamos al presente el acuerdo publicado en el DOF.
Factura Electr贸nica en 48 Hrs. (Hace alg煤n tiempo esto era rapidez eh... ).