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sábado, 28 de enero de 2012

Videos y Tutoriales FEL

Facture Laguna - Informándote de las Actualidades en Factura Electrónica


Antes que nada les recuerdo que los accesos para su cuenta se encuentran en esta direccion: https://www.fel.mx/CFDI/Usuario/Ingreso.aspx


Posteriormente deben entrar en donde dice "Acceso al Sistema" en la opcion "Entrar a mi cuenta", esto los llevara a otra pantalla donde deberan capturar la informacion que recibieron por parte de SOPORTE de FEL, donde se especifica el usuario, cuenta y contraseña. Luego entonces podran accesar y continuar con la informacion aqui descrita.


Les dejo 2 ligas a youtube donde encontraran los pasos basicos para poder operar su cuenta sin problemas; esto al igual que el manual de operacion (Si les interesa recibirlo, solicitenlo al correo en la parte inferior).




Con un par de veces que revisen estos videos, sera facil que empiecen a facturar, para cualquier duda, con toda confianza y los apoyo en el proceso.


Espero esta información les sea de utilidad, para cualquier duda o comentario al respecto estamos a sus ordenes, solo completa el formulario de CONTACTO.


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viernes, 27 de enero de 2012

Resumen Requisitos del Anexo 20 para 2012

Facture Laguna - Informándote de las Actualidades en Factura Electrónica en México

Les dejo un resumen recopilado de varias fuentes para su mejor entendimiento de lo que viene para la Facturacion Electronica en este 2012; no olviden que en FEL estamos a la vanguardia y ya estamos operando con estas nuevas disposiciones.


1. Cambian los números de versión, por lo que ahora se debe indicar 2.2 para CFD y 3.2 para CFDI

2. El nombre o Razón Social del emisor ahora es opcional.


3. El domicilio del emisor ahora es opcional.


4. El concepto de nombre de Aduana (para los importadores) ahora es opcional.


5. El concepto de número de parte (para artículos importados) ahora es opcional.


6. La unidad de medida de los artículos, productos o servicios facturados ahora es requerido. Se debe tomar como base el Sistema General de Unidades de Medida a que se refiere la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización y las demás aceptadas por la Secretaría de Economía.


7. El Método de pago ahora es requerido. Se debe indicar la forma en que se pagó o se pagará la factura, donde las opciones pueden ser: cheque, transferencia bancaria, depósito en cuenta bancaria, tarjeta de crédito, efectivo etc. Cabe señalar que la RMF 2012 señala que si no conocemos el dato, podemos indicar en ese campo la leyenda “No identificado”.


8. Número de cuenta de Pago. Este dato es nuevo y se refiere a los 4 últimos dígitos de la cuenta bancaria o tarjeta de crédito que se usará o se usó para hacer el pago. Este dato es opcional y puede ir vacío.


9. Folio Fiscal Original y Serie del Folio Fiscal Original. Este dato se refiere al folio fiscal (cuando es un CFDI) o folio y serie (cuando es un CFD) del comprobante que ampara el total de una factura que se pagará en parcialidades. Este dato se debe indicar en los subsecuentes comprobantes de cada parcialidad, dentro de la descripción de conceptos a facturar. Es opcional.


10. Fecha del Folio Fiscal Original. En referencia al punto anterior, la fecha en que se expidió el comprobante original que ampara el total de la venta a parcialidades. Este dato se debe indicar en los subsecuentes comprobantes de cada parcialidad, dentro de la descripción de conceptos a facturar. Es opcional.


11. Total del Folio Fiscal Original. En referencia al punto anteior, el total de la factura que se expidió de la venta en parcialidades. Este dato se debe indicar en los subsecuentes comprobantes de cada parcialidad, dentro de la descripción de conceptos a facturar. Es opcional.


12. Regimen Fiscal. Se debe indicar el régimen o regímenes (en caso de que tribute en más de uno) fiscales en los que tributa en contribuyente. Como ejemplos existen: Régimen General o Régimen Intermedio. Este campo es obligatorio.


13. Lugar de Expedición. Se debe indicar el lugar donde se ha expedido el comprobante. Como ejemplo, puede indicarse Matriz o Sucursal. Este campo es obligatorio.


Notas adicionales.
- Tipo de cambio y moneda son campos opcionales
- No confundir Método de Pago (explicado en el punto 7) y Forma de Pago. La forma de pago es un dato requerido para indicar si la factura se pagará, por ejemplo, en “Una sola exhibición” o en “Parcialidades”.






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jueves, 26 de enero de 2012

Facturacion para Instituciones Educativas

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Es poca la información que existe con respecto a su obligatoriedad y condiciones de uso, pero si dice como debe ser estructurado y emitido para su correcta emision y posterior deducción.

Dentro del CFDI,  en la estructura del XML (Archivo XML), tiene un espacio (nodo opcional) llamado ComplementoConcepto, en donde se permite incluir información adicional a la factura. Este espacio es regulado por la autoridad y a veces sufre modificaciones por medio de las resoluciones fiscales particulares otorgadas a un sector o en este caso especifico, para las instituciones educativas privadas. Esta información también es protegida por el Sello Digital de la Factura Electrónica.

Esto quiere decir que las Instituciones Educativas deben incluir la leyenda: "instEducativas" dentro del espacio del Complemento Concepto además de cumplir con los demás requisitos para esta característica.

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/comprobantes_fiscales/15_22263.html 

La secuencia de formación será siempre en el orden que se expresa a continuación:

1. Información del nodo iedu: instEducativas
    a. version
    b. nombreAlumno
    c. CURP
    d. nivelEducativo
    e. autRVOE
    f. rfcPago

En la parte inferior esta la descripcion de cada nodo.


Toda esa informacion debe ser proporcionada por tu proveedor para que puedas realizar tu facturacion sin contratiempos y cumpliendo los lineamientos de la autoridad; te dejo una imagen ej. de como apararece el lleando de esto en una cuenta DEMO de FEL.



InstEducativas
Complemento concepto para la expedición de comprobantes fiscales por parte de Instituciones Educativas Privadas, para los efectos del artículo primero y cuarto del decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por servicios educativos.

Atributos:
Versión: Atributo requerido con valor prefijado a 1.0 que indica la versión del estándar bajo el que se encuentra expresado el complemento concepto al comprobante.
nombreAlumno: Atributo requerido para indicar el nombre del Alumno.
CURP: Atributo requerido para indicar la CURP del alumno de la institución educativa.
nivelEducativo: Atributo requerido para indicar el nivel educativo que cursa el alumno.
autRVOE: Atributo requerido para especificar la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación que tenga la institución educativa privada donde se realiza el pago
rfcPago: Atributo opcional para indicar el RFC de quien realiza el pago cuando sea diferente a quien recibe el servicio.



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Ligas de Validacion para CFDI

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Para una validación rápida de un Comprobante Digital (CFDI) esta liga es la mejor opción: 
https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/




Se debe capturar el Folio Fiscal (UUID), el RFC del Emisor y RFC del Receptor; y listo, en la pantalla les arroja una descripción breve con la información de esa Factura Electrónica.


Para validar la estructura del archivo XML (en los CFDI), la liga es la siguiente: 


Para validar los CFD (normalmente emitidos por medios propios), esta es la liga:
https://www.consulta.sat.gob.mx/SICOFI_WEB/ModuloECFD_Plus/ValidadorComprobantes/Validador.asp


Tengan mucha precaución para validar sus archivos en la liga correcta, pasa muy seguido que se confunden con las ligas y los receptores detienen el pago correspondiente, argumentando invalidez de los comprobantes digitales.



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Que es el archivo XML?

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XML, siglas en inglés de eXtensible Markup Language ("Lenguaje de Marcas Extensible"), es un metalenguaje extensible de etiquetas desarrollado por el World Wide Web Consortium (W3C). 

XML es una tecnologia sencilla que tiene a su alrededor otras que la complementan y la hacen mucho más grande y con unas posibilidades mucho mayores. Tiene un papel muy importante en la actualidad ya que permite la compatibilidad entre sistemas para compartir la información de una manera segura, fiable y fácil.



Ventajas del XML


  • Es extensible: Después de diseñado y puesto en producción, es posible extender XML con la adición de nuevas etiquetas, de modo que se pueda continuar utilizando sin complicación alguna (aqui es donde entran las Addendas).
  • El analizador es un componente estándar, no es necesario crear un analizador específico para cada versión de lenguaje XML. Esto posibilita el empleo de cualquiera de los analizadores disponibles. De esta manera se evitan bugs y se acelera el desarrollo de aplicaciones.
  • Si un tercero decide usar un documento creado en XML, es sencillo entender su estructura y procesarla. Mejora la compatibilidad entre aplicaciones. Podemos comunicar aplicaciones de distintas plataformas, sin que importe el origen de los datos, es decir, podríamos tener una aplicación en Linux con una base de datos Postgres y comunicarla con otra aplicación en Windows y Base de Datos MS-SQL Server.
  • Transformamos datos en información, pues se le añade un significado concreto y los asociamos a un contexto, con lo cual tenemos flexibilidad para estructurar documentos.

Estructura de un documento XML


La tecnología XML busca dar solución al problema de expresar información estructurada de la manera más abstracta y reutilizable posible. Que la información sea estructurada quiere decir que se compone de partes bien definidas, y que esas partes se componen a su vez de otras partes. Entonces se tiene un árbol de trozos de información. Ejemplos son un tema musical, que se compone de compases, que están formados a su vez por notas. Estas partes se llaman elementos, y se las señala mediante etiquetas.

Una etiqueta consiste en una marca hecha en el documento, que señala una porción de éste como un elemento. Un pedazo de información con un sentido claro y definido. Las etiquetas tienen la forma <nombre>, donde nombre es el nombre del elemento que se está señalando.

A continuación se muestra un ejemplo para entender la estructura de un documento XML:

<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" ?>
<!DOCTYPE Edit_Mensaje SYSTEM "Edit_Mensaje.dtd">
 
<Edit_Mensaje>
     <Mensaje>
          <Remitente>
               <Nombre>Nombre del remitente</Nombre>
               <Mail> Correo del remitente </Mail>
          </Remitente>
          <Destinatario>
               <Nombre>Nombre del destinatario</Nombre>
               <Mail>Correo del destinatario</Mail>
          </Destinatario>
          <Texto>
               <Asunto>
                    Este es mi documento con una estructura muy sencilla 
                    no contiene atributos ni entidades...
               </Asunto>
               <Parrafo>
                    Este es mi documento con una estructura muy sencilla 
                    no contiene atributos ni entidades...
               </Parrafo>
          </Texto>
     </Mensaje>
</Edit_Mensaje>



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Como crear una Factura Electronica CFDI

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Desde el inicio del 2011 tenemos un nuevo esquema de comprobación fiscal: Comprobante fiscal por internet o CFDI. (este tipo de comprobantes son la evolucion de la emision de facturas electronicas por medios propios o CFD).


El funcionamiento de este esquema (CFDI) es en esencia:

  1. El contribuyente usando una solución tecnológica crea un archivo XML cumpliendo con todos los lineamientos exigidos por la autoridad en el anexo 20 (Recien modificados y publicados en el DOF).
  2. Una vez genero dicho XML debe enviarlo a un proveedor autorizado de certificación o PAC para que este lo valide y en su caso genere el timbre que es lo que le da validez al comprobante, una vez generado el timbre, el PAC lo regresa al contribuyente para que este termine de armar el CFDI y pueda llevar a cabo la impresión del mismo si lo requiere (para la impresion normalmente se genera un documento en PDF).



Las formas actuales para generar un CFDI son las siguientes:



Generación de CFDI en Linea.


En esta modalidad el PAC o cualquier otra empresa  publica un sitio web en donde el usuario debe registrarse, proporcionar sus datos fiscales, cargar su certificado de sello  junto con su llave privada, una vez superado el proceso de registro, podría llevar a cabo la generación de los documentos.



Ventajas

  • Puedes accesar y generar tus comprobantes digitales desde cualquier lugar.
  • Cero instalación y configuración.

Desventajas

  • Al ser una solución web, depende de si tengo o no conexión a internet.
  • Velocidad de captura de la información, ese es otro de los problemas que trae intrínseco al ser una solución en Linea.
  • Incompatibilidad de navegadores, ya suele suceder que el sitio bajo ciertos navegadores se comporta de forma extraña o hasta errónea.



Generación de CFDI a través de un software.


En esta modalidad el contribuyente no hace uso de un sitio web, a cambio instala un software en  su computadora y atreves de este genera el CFDI. Aunque tambien requiere de conexion a internet para darle validez por medio del timbrado.

En esta categoría, podemos encontrar dos tipos de soluciones:

  1. Integración con ERP: Este tipo de soluciones nacen como un auxiliar para otro tipo de software, comúnmente la integración se lleva a cabo a través de archivos de texto, en donde el ERP genera dicho archivo y la solución lo toma y genera el CFDI ya con el timbre.
  2. Captura manual:En este tipo de soluciones, el usuario hace la captura de la información y al dar aceptar, se genera el CFDI

Ventajas.

  • Se obtiene una mayor independencia con respecto a un tercero.
  • Mayor velocidad y fluidez en la captura de información.
  • Existe una mayor oferta de soluciones en el mercado
  • Las soluciones existentes ofrecen mayores capacidades que su contraparte web
  • Las soluciones son mas estándar y se requiere mínimo de aprendizaje

Desventajas

  • Al ser una solución de escritorio requiere de instalación, configuración y mantenimiento.



Timbrado


Esta modalidad se presenta cuando un contribuyente posee un sistema desarrollado internamente y desea agregarse la funcionalidad para que genere el CFDI, en este caso el contribuyente contrata el servicio de timbrado con un tercero, pudiendo ser este PAC, para que a través de un medio, comúnmente un web service pueda hacer el timbrado del documento. Cabe mencionar que los precios para esta opcion son considerablemente mas bajos que al adquirir un paquete en linea o un software, aunque tambien se debe contemplar un costo por integracion.



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Olvidaste la contraseña de tu Fiel?

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Tambien aplica si extraviaron los archivos o se dañaron y no es posible abrirlos.

El procedimiento es basicamente el mismo que al generar los archivos del sello digital, se tienen que crear nuevamente los archivos *.req y *.key (http://www.youtube.com/watch?v=3VQyZrNtZio).





Tramiten una cita (Procedieminto tambien publicado en este blog) y lleven estos archivos a una sucursal del SAT acompañados de esta papeleria: 

Y listo, con eso obtendran sus nuevos certificados y esta vez, anoten la contraseña en un lugar seguro o enviensela por correo.



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Sabes como obtener una cita en el SAT?

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Es sencillo, les dejo la liga en donde tienen que seleccionar la ubicación donde van a realizar el tramite: https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx 




Después de eso, solo hay que ir llenando la información y confirmar. Aquí esta la liga a los 3 vídeos para el paso a paso: 

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/63_19946.html


Actualizacion!


Requisitos:

Le comparto la liga donde encontraran los requisitos para realizar con éxito este trámite: http://www.sat.gob.mx/





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RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2012

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Articulo Décimo Octavo (transitorio).

El día 28 de Diciembre de 2012 el SAT publicó la RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2012 (RMF 2012). En el cual aparecen las reglas para el articulo al que hacemos referencia en este post:

Décimo Octavo. Para los efectos del Artículo Primero Transitorio del “Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el DOF el 12 diciembre de 2011, los contribuyentes podrán emitir hasta el 30 de junio de 2012, comprobantes fiscales en los términos de los Capítulos I.2.7., I.2.8., I.2.9., II.2.5., II.2.6. y II. 2.7. de la RMF para 2011, así como sus respectivos anexos 1-A y 20, en lo concerniente a la aplicación de dichos capítulos, salvo los supuestos a que se refieren las reglas I.2.7.1.4., I.2.8.1.5., I.2.8.1.8., I.2.8.3.1., I.2.8.3.2., I.2.8.3.3. y II.2.7.1.8. de la RMF para 2011.

Los contribuyentes que se acojan a la facilidad prevista en el presente artículo deberán aplicar las especificaciones técnicas previstas en el Anexo 20 de la RMF publicado en el DOF del 23 de septiembre de 2010, pudiendo establecer en los campos relativos al nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal del emisor y la aduana por la cual se realizó la importación, la expresión “No aplica”.

Para los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los contribuyentes podrán emitir comprobantes fiscales sin incorporar los siguientes requisitos:
I. El régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
II. La unidad de medida.
III. Identificación del vehículo de la persona física, en tratándose de contribuyentes que cumplan sus obligaciones por conducto del coordinado y que hayan optado por pagar el impuesto individualmente.
IV. La clave vehicular que corresponda a la versión enajenada, en tratándose de contribuyentes dedicados a la fabricación, ensamble o distribución de automóviles nuevos e importados para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los Estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora.
V. El número, la fecha y el importe total del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación, en tratándose de pago en parcialidades.
VI. La forma en que se realizó el pago, así como los últimos cuatro dígitos del número de la cuenta o tarjeta de crédito, de débito, de servicios o de los llamados monederos electrónicos.
Los contribuyentes que se acojan a la facilidad prevista en la regla I.2.9.3.2. de la RMF para 2011, se entenderá que optan por lo dispuesto en el presente artículo.


Dentro de este articulo encontraremos lo referente al tiempo de validación y entrega del comprobante, mismo que tambien cito a continuación:



Proceso de certificación de CFDI a través de proveedores de certificación de CFDI autorizados
II.2.23.3.6. Para los efectos del artículo 29, fracción IV del CFF, los proveedores de certificación de CFDI autorizados recibirán los comprobantes que envíen los contribuyentes, en los términos y mediante los procedimientos tecnológicos que se publiquen en la página de Internet del SAT en la sección de “Comprobantes Fiscales Digitales”.

Para que un CFDI sea certificado y se le asigne un folio, adicionalmente a lo que establece el artículo 29, fracción IV, inciso a) del CFF, los proveedores de certificación autorizados validarán que el documento cumpla con lo siguiente:

I. Que el periodo de tiempo entre la fecha de envío para certificación del documento y la fecha en la que se realice la certificación por el proveedor de certificación no exceda de 72 horas.
II. Que el documento no haya sido previamente certificado por el propio proveedor de certificación.
III. Que el CSD del contribuyente emisor, con el que se selló el documento haya estado vigente en la fecha de generación del documento enviado y no haya sido cancelado.
IV. Que el CSD con el que se selló el documento corresponda al contribuyente que aparece como emisor del CFDI, y que el sello digital corresponda al documento enviado.
V. Que el documento cumpla con la especificación técnica del Anexo 20 en sus apartados II y III.

Si el CFDI cumple con las validaciones anteriores, el proveedor de certificación de CFDI dará respuesta al contribuyente incorporando el complemento que integre los siguientes datos:
a) Folio asignado por el SAT.
b) Fecha y hora de certificación.
c) Sello digital del CFDI.
d) Número de serie del certificado digital del SAT con el que se realizó la certificación del CFDI.
e) Sello digital del SAT.

La especificación técnica de la respuesta emitida por el proveedor de certificación de CFDI autorizado, deberá cumplir con la especificación que se establece en el rubro II.C del Anexo 20.

El SAT conservará copia de todos los CFDI certificados por los proveedores de certificación de CFDI autorizados.

El SAT proveerá de una herramienta de recuperación de los CFDI a los contribuyentes emisores, para los CFDI reportados por los proveedores, cuando los mismos no tengan una antigüedad mayor a 90 días, contados a partir de la fecha de certificación.

El CFDI se considera expedido cuando una vez generado y sellado con el CSD del contribuyente es enviado para su certificación al proveedor autorizado para ello por el SAT.

Los contribuyentes emisores de CFDI, para efectuar la cancelación de los mismos, deberán hacerlo con su CSD, en la página de Internet del SAT.
CFF 29



Con este artículo transitorio queda dispuesto que los cambios por realizar para cumplir con la RMF 2012 y la nueva versión del Anexo 20 tiene fecha límite el 30 de Junio de 2012.


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Pasos para Obtener los Archivos del Sello Digital

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Debido a que en repetidas ocasiones me preguntan por el procedimiento y seguido les envio los pasos por correo, me permito publicarlos en este foro esperando que les sea de utilidad.

Para que esto sea mas sencillo para todos, les voy a compartir las ligas de descarga e incluso un par de youtube. Tambien les voy a dar unas sugerencias para evitar los contratiempos con que en ocasiones me he encontrado.


Primero deben descargar el programa SOLCEDI 



Deben tener a la mano los archivos de la Fiel y su contraseña; esto es indispensable para realizar el tramite. Les recomiendo verificar la contraseña aqui:



Ya con la contraseña confirmada, sigan los pasos de esta liga:



ò el paso a paso en los siguientes videos:

  • Para generar los archivos:

  • Para ensobretar los archivos anteriormente generados:

  • Para recuperar el certificado del sello degital:


Al termino de este procedimiento deben de tener los 4 archivos con las siguientes extensiones: *.req, *.key, *.sdg y *.cer 


El tiempo aproximado para que puedan ser utilizados es de 48 hrs. Ojala esta informacion les sea de utilidad.



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